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diciembre 25, 2011

Pedagogía de los derechos humanos

No. 46 - Julio 1995
SOCIEDAD
Pedagogía de los derechos humanos
por Frei Betto
En América Latina se acostumbra decir que, en las escuelas, la pedagogía se distingue entre el método Piaget y el método Pinochet. Eso significa que los métodos de enseñanza no siempre son verdaderamente pedagógicos.
A menudo la enseñanza es represiva, inhibe potencialidades, reprime la creatividad y convierte al educando en temeroso frente a la realidad de la vida. Esto ocurre en una sociedad que pretende asegurar el respeto a los derechos humanos. En principio, ellos deben ser impuestos por la fuerza de la ley. Mas eso no basta, como demuestra la experiencia.

En casi todos los países signatarios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada por la ONU, tales derechos, por más que figuren en la letra de la ley, continúan siendo no respetados. Hay torturas a los prisioneros, censura a la prensa, invasión de la privacidad personal, discriminación racial y social, adopción de la pena de muerte, etcétera.

Por tanto, el aspecto objetivo de una legislación que garantiza los derechos humanos debe ser complementado por el aspecto subjetivo -una educación para los derechos humanos- de modo de convertirlos en un consenso cultural enraizado en el sentir, en el pensar y en el actuar de las personas.

Esa educación debe priorizar sobre todo a aquellas personas que tienen, por deber profesional, el papel de aplicar las leyes que aseguran pleno respeto a los derechos humanos.

Debatiendo sobre la Declaración Universal

Toda pedagogía centrada en el objetivo de convertir al educando en sujeto social e histórico debe caracterizarse por un agudo sentido crítico. En tal medida, no se puede adoptar los artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos como oráculos divinos, ideológicamente imparciales e inmunes a correcciones y perfeccionamientos.

Ellos reflejan una cosmovisión culturalmente condicionada por los valores predominantes en el Occidente de la posguerra. Hay allí mucho de utopía, distante de la realidad. De ahí la importancia de una pedagogía para los derechos humanos que parta del debate del propio documento de la ONU.

Por ejemplo, el Artículo I reza que "todos los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos". Hoy diríamos: hombres y mujeres. El hecho es que hombres y mujeres nacen dependientes. Como mamíferos, no podemos prescindir del cuidado de nuestros semejantes en los primeros años de vida. Y estamos lejos de nacer iguales en dignidad y derechos, basta verificar la situación de las mujeres en los países de Oriente, de los indígenas en América Latina, de los refugiados en los países de Africa o de los inmigrantes en ciertos países de Europa.

La crítica constructiva a la Declaración Universal debe resultar no sólo en un perfeccionamiento de la carta de la ONU, sino sobre todo en la modificación de las leyes vigentes y en la toma de conciencia de las autoridades responsables de su aplicación, desde el Presidente al guardia de la esquina, desde el primer ministro al policía del barrio.

Educar para los derechos humanos es buscar el consenso cultural que inhiba cualquier amenaza a los derechos de las personas.

Derechos individuales y sociales

Se vuelve imprescindible hablar también del derecho a participar en las decisiones políticas y económicas; del derecho de control sobre el sector bélico de nuestras naciones; del derecho a la infancia sana y alegre; del derecho a la preservación de la buena fama ante el abuso de los medios de difusión e, inclusive, del derecho a una programación sana en los medios de comunicación de masas.

Una cuestión delicada es cómo politizar la educación para los derechos humanos sin incurrir en su partidarización. Los derechos humanos tienen carácter político, pues se refieren a nuestra convivencia social. Pero, como derechos universales, deben ser implantados y respetados dentro del principio -que es también un derecho- de autodeterminación de los pueblos. Por tanto, no se deben utilizar los derechos humanos como un medio para imponer a otros pueblos nuestros modelos políticos. Ellos no pueden transformarse en un arma de neocolonialismo, que sería, cuando menos, paradójico.

Tales derechos deben ser respetados bajo la monarquía y la república, en el régimen presidencialista y parlamentarista, en el capitalismo o en el socialismo. Por eso, es preciso comenzar a hablar de derechos humanos y derechos de los pueblos, como derecho a la independencia, derecho a escoger su propio régimen político, derecho de usufructuar de un medio ambiente ecológicamente equilibrado, derecho a no ser colonizado ni explotado por naciones, organismos o empresas extranjeras.

Ningún derecho estará asegurado si, en primer lugar, no fueren ofrecidas garantías al derecho fundamental: el derecho a la vida. No solamente el derecho de nacer, sino también de vivir en libertad y dignidad, lo que presupone, cuando menos, que estén socialmente aseguradas la alimentación, la salud y la educación.

Desafíos pedagógicos

¿Cómo implementar la educación para los derechos humanos? ¿Qué pedagogía adoptar? Hoy vivimos en un mundo plural, donde se habla de globalización, aunque sectas fanáticas y movimientos neonazis echan leña en la hoguera de la xenofobia. Unos aplauden la caída del Muro de Berlín, mientras otros denuncian la creciente desigualdad entre el Norte y el Sur del planeta, que eleva todavía más la muralla de la segregación social. Hay quien proclama el "fin de la historia" al lado de aquéllos que rescatan las utopías libertarias. Bajo la crisis de los paradigmas, la razón moderna asiste a la creciente emergencia de los movimientos esotéricos; hay quien prefiere la astrología, el tarot y el I Ching a los análisis de coyuntura y a las prospectivas estratégicas.

En este contexto de fragmentación paradigmática, donde la cultura cede lugar al mero entretenimiento asociado al consumismo, hablar de derechos humanos y derechos de los pueblos se torna un presupuesto básico de una educación que apunte a modificar las relaciones entre personas y grupos, dentro de una ética de tolerancia y de respeto a lo diferente.

Eso no significa, empero, administrar una sociedad anárquica, donde el derecho de uno termina donde comienza el del otro. Los derechos grupales, étnicos y colectivos deben estar en armonía con los derechos individuales, de tal modo que la defensa de éstos represente una consolidación de aquéllos.

¿O seremos capaces de admitir el derecho del sereno a incomodar de madrugada el sueño de todos los moradores de la calle; el derecho del hacendado de ampliar sus tierras hacia el interior de una reserva indígena; y el derecho de una nación a imponer su modelo económico a todo un continente? No se debe, pues, confundir derechos con privilegios, ni admitir que la ganancia material se sobreponga a la indeleble sacralidad de la vida humana.

Ese ideal sólo será alcanzado cuando escuelas, iglesias, instituciones religiosas y movimientos sociales, Estado y empresas privadas, se conviertan en agentes pedagógicos capaces de educar a personas y grupos en una actitud que las haga sentir, pensar y actuar según el pleno respeto a los derechos humanos y a los derechos de los pueblos.

El lugar del otro

Cómo lograrlo tal vez represente un desafío que sólo pueda ser efectivamente contestado por la metodología de educación popular combinada con el poder de difusión de los medios de comunicación de masas.

¿Qué tal una simulación pedagógica donde un blanco se sienta en la situación de un negro discriminado por el color de su piel? ¿O una comunidad europea subyugada, en un ejercicio pedagógico, a prácticas y costumbres propias de una comunidad africana o indígena? Cuando nos situamos en el lugar del otro, eso representa un cambio en nuestro lugar social y se refleja en un cambio de nuestro lugar epistémico. Nadie retorna igual luego de haber estado en el lugar del otro. Lo difícil es tender puentes a esa isla egocéntrica que nos hace ver el mundo y las personas con la óptica de nuestra geografía individual o grupal, y éste es exactamente el papel de una pedagogía centrada en los derechos humanos.

Fuente: ALAI

noviembre 06, 2010

Ecuador y su economía social



“Estamos haciendo historia (la oposición) no va a poder ocultar el sol con un dedo. Estamos cambiando, transformando profundamente al Ecuador, esa patria de todas y de todos, donde los recursos se reparten equitativamente, así hayamos nacido en Guayaquil, Quito, San Vicente o Bahía”, dijo el Presidente Rafael Correa el día que se inauguró el puente Bahía San Vicente. Esta frase, más allá de referirse a una obra construida lejos de las grandes ciudades como Guayaquil, Quito o Cuenca como muestra de inversión equitativa, encierra el concepto mismo del modelo de desarrollo económico y social de la Revolución Ciudadana, ahora expresado en el Código Orgánico de la Producción que se debate en el Pleno de la Asamblea Nacional.

Este Código, junto con el Código de Planificación y Finanzas Publicas, el Código Orgánico de Organización Territorial COOTAD y la Ley Antimonopolio, pretenden desmontar todo un aparato estatal configurado alrededor del neoliberalismo a nivel interno, y de la globalización a nivel internacional, que por décadas, tanto en la división internacional del trabajo, como en la economía internacional, han situado al ecuador como proveedor de materia prima e importador de productos transformados en el exterior. 

Por otra parte, según el PNUD en su informe de desarrollo humano publicado en el 2010, el segundo país latinoamericano con altos índices de desigualdad es Ecuador (el primero es Bolivia). Esto es consecuencia en gran parte, de la aplicación del modelo primario de exportación que favoreció a los grandes grupos de Poder ubicados en principalmente en la ciudad de Guayaquil, donde también se concentro la obra pública en infraestructura vial, telecomunicaciones, eléctricas, los servicios de salud, educación, vivienda y otras prestaciones sociales que hicieron posible la productividad y alta rentabilidad de sus empresas. Lógicamente la rentabilidad se quedo en manos de los dueños de estas empresas,  en perjuicio del Estado, de los trabajadores y sus familias y la comunidad en general.

En tales circunstancias, el país le apuesta a un modelo de economía social de mercado para el Buen Vivir, es decir, que a través de la competitividad inteligente asegure libertad real entre los agentes económicos para ofertar y demandar bienes y servicios. Dicho de otra forma, pretende establecer relaciones horizontales entre proveedores y consumidores, que les permitan a estos últimos elegir bienes y servicios de calidad y que realmente satisfagan sus necesidades, tanto físicas como espirituales y con la capacidad adquisitiva que les aporta el Salario Digno, asegurar rentabilidad a los proveedores. Adicionalmente, busca que nuevos productores y propietarios de los factores de producción aparezcan en escena y compitan, para lo cual se buscarán mecanismos solidarios de producción (Art. 22)

Adicionalmente, el Código de la Producción se preocupa de los recursos humanos, de la fuerza laboral, cuya mano de obra calificada o no, aporta de manera sustancial en la producción. En ese sentido, la reforma pretende promover la formación y desarrollo de capacidades altamente técnicas en los trabajadores, que les permitan ejercer con mayor destreza y responsabilidad su rol en la producción. Adicionalmente, el concepto de salario digno que sitúa al trabajador en condiciones de dignidad y realización económica y social. De manera paralela el Estado está preocupado en la prestación de servicios de salud y educación a favor de los recursos humanos y sus familias, a través de la política social asociada al Presupuesto General del Estado (Código de Planificación y Finanzas Públicas)

Otro asunto interesante del Código de la Producción son las Zonas Especiales de Desarrollo económico que promueven el ordenamiento territorial para mejorar la producción en ciertas áreas geográficas que hasta el momento se dedican al monocultivo. Podría ser una de ellas, la Provincia del Carchi, que además es fronteriza.

En cuanto al Rol del Estado, es importante que se fortalezca la institucionalidad que ejecuta el modelo de economía social. El Código cumple la Constitución, al definir que a nivel del Ejecutivo, pero también en los Gobiernos Autónomos Descentralizados, los derechos económicos y sociales se hagan exigibles a través de políticas públicas, y que el Ejecutivo, a través del Consejo Sectorial, asuma la rectoría de las políticas públicas en la materia. Un tema importante que rescatar, es que debe considerarse la participación de todos los agentes económicos en la toma de decisiones sobre la productividad en Ecuador, para lo cual, debería sustituirse la figura de Consejo Consultivo en incorporar a un delegado de estos sectores en el Consejo Sectorial, a fin de que en las políticas de desarrollo productivo, políticas industriales y comerciales, también se reflejen los intereses de todos los sectores. La figura de la Silla Vacía podría ser una referencia.

Dice Gandhi sobre la dignidad: “En cuanto alguien comprende que obedecer leyes injustas es contrario a su dignidad de hombre, ninguna tiranía puede dominarle”. Es momento de transformar las estructuras de desigualdad que tiene nuestro país, y el Código Orgánico de la Producción es una aproximación importante a esa transformación.

septiembre 10, 2010

Internacionacionalización del Amazonas

No se trata de internacionalizar lo que ya es internacionalizado. Parece desconocerse  este hecho. De nuevo, no es asunto de internacionalizar sino el reconocer la internacionalización si queremos proteger la humanidad de la autodestruccion.
Educadísima Bofetada a los EEUU....!!

DECLARACIONES DE CHICO BUARQUE.
MINISTRO DE EDUCACIÓN DE BRASIL.


No todos los días un brasileño les da una buena y
educadísima bofetada a los estadounidenses.

Durante un debate en una universidad de Estados Unidos, le
preguntaron al ex gobernador del Distrito Federal y actual
Ministro de Educación de Brasil, CRISTOVÃO CHICO
BUARQUE, qué pensaba sobre la internacionalización de la
Amazonia. Un estadounidense en las Naciones Unidas introdujo
su pregunta, diciendo que esperaba la respuesta de un
humanista y no de un brasileño.

Ésta fue la respuesta del Sr. Cristóvão Buarque:

Realmente, como brasileño, sólo hablaría en contra
de la internacionalización de la Amazonia. Por más que
nuestros gobiernos no cuiden debidamente ese patrimonio,
él es nuestro.

Como humanista, sintiendo el riesgo de la degradación
ambiental que sufre la Amazonia , puedo imaginar su
internacionalización, como también de todo lo demás, que
es de suma importancia para la humanidad.

Si la Amazonia , desde una ética humanista, debe ser
internacionalizada, internacionalicemos también las
reservas de petróleo del mundo entero.

El petróleo es tan importante para el bienestar de la
humanidad como la Amazonia para nuestro futuro. A pesar de
eso, los dueños de las reservas creen tener el derecho de
aumentar o disminuir la extracción de petróleo y subir o no su precio.

De la misma forma, el capital financiero de los países
ricos debería ser internacionalizado. Si la Amazonia es una
reserva para todos los seres humanos, no se debería quemar
solamente por la voluntad de un dueño o de un país. Quemar
la Amazonia es tan grave como el desempleo provocado por las
decisiones arbitrarias de los especuladores globales.

No podemos permitir que las reservas financieras sirvan para
quemar países enteros en la voluptuosidad de la especulación.

También, antes que la Amazonia , me gustaría ver la
internacionalización de los grandes museos del mundo.
El Louvre no debe pertenecer solo a Francia.
Cada museo del mundo es el guardián de las piezas más bellas producidas
por el genio humano. No se puede dejar que ese patrimonio
cultural, como es el patrimonio natural amazónico, sea
manipulado y destruido por el sólo placer de un propietario o de un país.

No hace mucho tiempo, un millonario japonés decidió
enterrar, junto con él, un cuadro de un gran maestro.
Por el contrario, ese cuadro tendría que haber sido
internacionalizado.

Durante este encuentro, las Naciones Unidas están
realizando el Foro Del Milenio, pero algunos presidentes de
países tuvieron dificultades para participar, debido a
situaciones desagradables surgidas en la frontera de los
EE.UU. Por eso, creo que Nueva York, como sede de las
Naciones Unidas, debe ser internacionalizada. Por lo menos
Manhatan debería pertenecer a toda la humanidad.
De la misma forma que París, Venecia, Roma, Londres, Río de
Janeiro, Brasilia... cada ciudad, con su belleza
específica, su historia del mundo, debería pertenecer al mundo entero.

Si EEUU quiere internacionalizar la Amazonia , para no
correr el riesgo de dejarla en manos de los
brasileños,internacionalicemos todos los arsenales
nucleares. Basta pensar que ellos ya demostraron que son
capaces de usar esas armas, provocando una destrucción
miles de veces mayor que las lamentables quemas realizadas
en los bosques de Brasil.

En sus discursos, los actuales candidatos a la presidencia
de los Estados Unidos han defendido la idea de
internacionalizar las reservas forestales del mundo a cambio de la deuda.

Comencemos usando esa deuda para garantizar que cada niño
del mundo tenga la posibilidad de comer y de ir a la
escuela. Internacionalicemos a los niños, tratándolos a
todos ellos sin importar el país donde nacieron, como
patrimonio que merecen los cuidados del mundo entero. Mucho
más de lo que se merece la Amazonia. Cuando los dirigentes
traten a los niños pobres del mundo como Patrimonio de la
Humanidad, no permitirán que trabajen cuando deberían
estudiar; que mueran cuando deberían vivir.

Como humanista, acepto defender la internacionalización
del mundo; pero, mientras el mundo me trate como brasileño,
lucharé para que la Amazonia , sea nuestra. ¡Solamente
nuestra!

OBSERVACIÓN: Este artículo fue publicado en el NEW YORK
TIMES, WASHINGTON POST, USA TODAY y en los mayores diarios de EUROPA y JAPÓN.


En BRASIL y el resto de Latinoamérica, este artículo no fué publicado.Ayúdenos a divulgarlo.

abril 18, 2010

Carta a la UNP

Quito, abril 12 del 2010.

Señor Licenciado
Vicente Ordóñez Pizarro
Presidente de la Unión Nacional de Periodistas

Quito

Señor Presidente:

Como sigo constando como asociado a la UNP (a pesar de que no he participado de sus acciones y resoluciones desde hace unos 6 años) creo de mi obligación el expresar a usted mis puntos de vista respecto del comunicado titulado: “LA UNP POR LA DEFENSA DE LOS PRINCIPIOS DE LIBERTAD”

Quiero decirle, señor Presidente de la UNP, que he sido, soy y seré respetuoso de la opinión ajena; pero, cuando un organismo colegiado como la UNP habla a nombre de todos los periodistas agrupados en su entorno –y yo no estoy de acuerdo con algunos de los términos de dicho comunicado- lo menos que debo hacer es dejar constancia de mis reflexiones.

Ustedes dicen: “Los periodistas agrupados en la Unión Nacional de Periodistas (UNP) presentan SU RECHAZO A LA CENSURA GUBERNAMENTAL ejercida sobre los colegas periodistas del diario El Telégrafo” ¿Están ustedes seguros de que fue UNA CENSURA GUBERNAMENTAL contra periodistas? ¿Están ustedes seguros de que todos los “reorganizados” son periodistas profesionales? Me parece haber oído, leído y mirado que el único reorganizado fue el Director Montoya y los demás renunciaron en acto de solidaridad.

Desde luego, si eso ha ocurrido, yo comparto ese rechazo; pero, no he leído ni me consta que la UNP, desde hace años, se haya opuesto o haya protestado por reorganizaciones internas que se han dado en diarios locales y nacionales. Cito el caso de El Comercio de Quito que en reorganizaciones internas ha desplazado a compañeros periodistas de larga data; y muchos de ellos, son (o fueron) afiliados y dirigentes de la UNP.

Ustedes dicen: “…y recuerdan que el pasado 24 de marzo, en las observaciones a la Ley de Comunicación plantearon, ante la Asamblea Nacional, que LOS MEDIOS PÚBLICOS DEBEN MANTENER INDEPENDENCIA PERIODÍSTICA E IDEOLÓGICA, CON AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA Y DE PRESUPUESTO”. Pregunto: ¿Por qué ustedes estiman que una observación planteada sobre una Ley de Comunicación que aún no ha sido dictada (que no existe jurídicamente) debía tener “fuerza de ley” o ser obligatoria? Yo personalmente discrepo de ese punto de vista ya que estimo que si se exige a los medios públicos “una independencia periodística e ideológica” se debe también exigir a los medios privados (empresas periodísticas) que se ufanan de ser “independientes” la misma independencia periodística e ideológica. ¿Es posible esto? ¿Es posible exigir que los medios públicos sean AUTÓNOMOS si el Ejecutivo (o el legislativo o el judicial) son parte esencial del Estado? ¿En qué país del mundo se ha logrado que los medios públicos sean ajenos al ejecutivo si este es el representante oficial del Estado? ¿Y por qué solo los medios públicos deben ser apolíticos si los medios privados, a título de vigencia de la libertad de expresión, no solo que son políticos (representan y actúan como partidos políticos de derecha y de extrema derecha) sino que en estos tiempos representan posiciones totalmente retrógradas y antipopulares?

Ustedes dicen que “la UNP, ente gremial más grande del país y que defiende los derechos de los periodistas desde hace 70 años, EXIGE las garantías necesarias para el ejercicio de la labor periodística en nuestro país” Correcto; pero, les pregunto: ¿el actual gobierno (y los anteriores) ha dado muestras de alguna actitud contraria a este ejercicio?

Que yo sepa, no. Inclusive ha sido tolerante –excesivamente tolerante- con periodistas por la libre, que no solo han tenido actitudes totalmente insolentes frente al Presidente de la República sino con excomentaristas o articulistas de opinión que en tarimas exclusivamente políticas han confesado que ellos están por un golpe de estado contra un Presidente al que califican de “tirano” “dictador”, desconociéndole su calidad de Presidente Constitucional de la República, elegido por amplia mayoría de votantes ecuatorianos y ecuatorianas. ¿Podríamos hablar de intolerancia, de riesgo para el ejercicio profesional?

Ustedes dicen: “Así mismo, (la UNP) rechaza los ataques y sanciones a los periodistas de distintas regiones del país QUE HAN SIDO SOMETIDOS A PRISIÓN O ESTÁN BAJO AMENAZA” Y citan a continuación una lista de periodistas que supuestamente han sido objeto de “ataques y sanciones”, comenzando por el periodista de opinión Emilio Palacio. No conozco ni he sido informado de tales casos y por lo tanto no puedo opinar sobre ellos, como no sea que hayan sido sentenciados o afronten juicios por difamación, ante jueces de lo penal debidamente competentes. He leído si y he visto y oído lo sucedido con el señor Emilio Palacio y no concuerdo en absoluto con que este señor (que en entrevista que publica hoy lunes 11 de abril, el diario El Comercio dice y critica a la UNP (supongo que Núcleo del Guayas) por su falta de solidaridad y porque exige la profesionalización de los periodistas) haya sido víctima de “ataques y sanciones” como ustedes aseguran. Ha sido si enjuiciado penalmente por un artículo de opinión escrito bajo su responsabilidad y, en el desarrollo del proceso, no ha podido comprobar los dichos que endosaba al demandante; y la jueza le ha sentenciado EN PRIMERA INSTANCIA a tres años de prisión de los cinco a los que pudo haberle sentenciado. Les pregunto: ¿puede uno asegurar, sin sonrojarse, que contra este señor se ha ejercido “ataques y sanciones” si ha sido sentenciado por juez competente, previo el debido proceso y de conformidad con delitos debidamente tipificados desde hace décadas en el Código Penal en vigencia? ¿Tiene alguna corona –solo porque es editorialista de un reputado diario- a injuriar, a acusar a otra persona de delitos que no ha cometido? ¿Puede aceptarse que este es un caso de “ataque a la libertad de expresión? Peor que tilde a los trece millones de ecuatorianos y ecuatorianas de “cobardes” si no salen a defender la libertad de expresión amenazada, que él encarna.

En el penúltimo párrafo –dice usted- “la UNP EXIGE RESPETO al derecho constitucional de la libertad de opinión, a los ……….. etc.etc.” “Agrega: “no poner calificativos a la información, no establecer comisiones especiales para sancionar a los periodistas, NO ESTABLECER CONTROLES de los contenidos en medios de comunicación … etc

Señor Presidente de la UNP: con seguridad usted tendrá información confiable respecto de que se están irrespetando los derechos que usted invoca; pero, yo no los conozco. En cuanto a los “nos” que usted agrega, igual: no tengo una información confiable de que aquello estuviera ocurriendo. De lo que si doy fe es de que el Presidente Correa, en sus alocuciones sabatinas, se ha referido en términos a veces burlescos, a veces satíricos, a veces desafiantes, a periodistas y medios de comunicación que durante una semana han dicho también lo suyo contra el Jefe de Estado o contra sus acciones administrativas y/o políticas. ¿No cree, señor Presidente de la UNP, que el Presidente está haciendo uso DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN que usted demanda, de manera general e imprecisa, para todos nosotros?

Estimo que estas preocupaciones y otras debía dejar constancia por escrito ante el comunicado publicado a nombre de todos sus agremiados, por el Presidente de la UNP. Quiero también que usted, señor Presidente, no lo tome estas observaciones y preguntas como algo personal contra usted, a quien debo respeto y consideración. Simple y llanamente, si un organismo del que formo parte nominalmente emite un comunicado a mi nombre y yo no solo que discrepo de algunos puntos expresados sino que estoy en contra, pues estimo que mi deber ETICO ELEMENTAL es el de dejar constancia mediante una comunicación.

Me anticipo también en expresarle que en el actual gobierno (como en los anteriores) no ejerzo ninguna función, ni siquiera tengo una relación de amistad con el actual gobernante, a quien ni siquiera conozco. Sin embargo, soy uno de los millones de ecuatorianos que respalda el proyecto de la “revolución ciudadana” ya que considero que por lo menos hay una intención de ir a cambios y transformaciones que nuestro país requiere de urgencia y con urgencia.

Del señor Presidente de la UNP, muy atentamente.

Lcdo. Alberto Maldonado S.

c.c. 170225907.6

marzo 29, 2010

Poema a la clase media/ Mario Benedetti

Clase media,
medio rica,
medio culta.
Entre lo que cree ser y lo que es
media una distancia medio grande.
Desde el medio mira medio mal
a los negritos,
a los ricos,
a los sabios,
a los locos,
a los pobres.
Si escucha a un Hitler
medio le gusta,
y si habla un Che
medio también.
En el medio de la nada
medio duda.
Como todo le atrae (a medias)
analiza hasta la mitad
todos los hechos
y (medio confundida) sale a la calle con media cacerola;
entonces medio llega a importar
a los que mandan (medio en las sombras).
A veces, solo a veces, se dá cuenta (medio tarde)
que la usaron de peón
en un ajedrez que no comprende
y que nunca la convierte en Reina.
Así, medio rabiosa,
se lamenta (a medias)
de ser el medio del que comen otros
a quienes no alcanza a entender
ni medio.

febrero 16, 2010

Ser mujer en la posmodernidad

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FUENTE FOTO: http://blufiles.storage.live.com/y1pC2GziETGF-yBscTWDdVR3ZmnsG7F3m2VdleLj RdNVhkw7n3bx0InTbxZCrkSI3Fcu0ZXAMXLP0 

Paulina G. Mogrovejo Rengel

La posmodernidad sitúa al ser humano en una suerte de relativismo histórico social. Dudar de la historia, de la cultura, de la ciencia, de la religión, de la economía, vivir el momento, interpretar la realidad desde el sujeto, el consumismo, los pequeños ídolos, la sustitución de la ideología por la imagen, la pérdida de la intimidad o la vida que se convierten en un show mediático, la búsqueda de lo inmediato, el culto al cuerpo y la liberación personal, la pluralidad de opciones, la pérdida de fe en el poder público o la despreocupación ante la injusticia, son valores en esta nueva sociedad.

Por otra parte, ser mujer, desde la perspectiva biológica, significa unidad y diversidad, desde la perspectiva cultural, se determina a partir de su rol histórico. Al principio en la comunidad primitiva era la matriarca, en el esclavismo, se consideraba un ser inferior al hombre, de igual calidad que los esclavos; en el régimen feudal tenía funciones domésticas, en el capitalismo continúan las desigualdades materiales en el salario, en la estabilidad laboral, en el cuidado de los hijos, en los cargos de alta gerencia y en el acceso a bienes y servicios, pero en esta última etapa, en la Edad Moderna, las libertades, también femeninas, son ideal de progreso.

La modernidad es la promesa de fe en el conocimiento, en la moral, en la razón y la libertad. Con la modernidad, el mercado, el Estado y el Derecho son garantías que aseguran el desarrollo de las nuevas sociedades capitalistas. Y en efecto, si miramos en perspectiva, es en este sistema donde se han producido los mayores adelantos en la ciencia, en la cultura y en la tecnología, especialmente vinculada con la información y la comunicación.

Desafortunadamente, la acumulación de excedentes por la interacción mercantil se concentra en pocas manos y consecuentemente, los avances científicos, culturales y tecnológicos también, siendo las mujeres modernas doblemente excluidas en lo laboral, en lo tecnológico y en lo cultural. Entonces surge un rechazo a la modernidad como respuesta a la exclusión. La sociedad, incluidas las mujeres, que ya no creen en la lucha social, ni en el poder público, priorizan el hedonismo a la ideología, el ocio al trabajo, viven el momento, pierden su identidad, su historia, sus costumbres.

En medio de esta cultura que no es cultura, de esta filosofía que no es filosofía, ser mujer tiene que significar la recuperación del liderazgo, lograr que todos los días sean un ocho de marzo para la humanidad.

diciembre 28, 2009

LA SUSPENSIÓN DE TELE AMAZONAS ES SÍNTOMA DE LA CRISIS DE LA COMUNICACIÓN EN EL ECUADOR.

Paulina G. Mogrovejo Rengel

En un Estado Constitucional de Derechos (Art. 1 de la Constitución); todo derecho fundamental, para que sea efectivo y de inmediata aplicación debe contener: 1) La existencia de un derecho; 2) Un órgano que lo aplique 3) Los mecanismos para hacer efectivo ese derecho. En el caso de Teleamazonas, la fórmula se aplicaría:

1) Existe el derecho a la información veraz y verificada, establecido en el Art. 18 numeral 1 de la Constitución de Ecuador, cuya garantía normativa actual es el artículo 58 literal e) de la Ley de Radio y Televisión,

2) Existe un órgano ejecutivo con potestades de control del uso y goce de las frecuencias concesionadas a los medios de comunicación, que es la Superintendencia de Telecomunicaciones, entendiéndose en primer lugar, que el espectro radioeléctrico es un bien público y en segundo lugar, la transmisión de noticias basadas en supuestos, que pueden producir conmociones sociales y públicas constituye un uso indebido de dicho bien público. Según el Código Civil, los bienes públicos son aquellos que pertenecen a toda la Nación y su uso pertenece a todos los habitantes de la Nación mediante la prestación de servicios públicos o concesiones al sector privado.

3) La potestad del Superintendente como juez administrativo para resolver el mal uso de la frecuencia por parte de Teleamazonas en el caso de la Isla Puná se determina en el inciso dos del artículo 58 de la Ley de Radio y Televisión y corresponde a la función de control en el proceso administrativo para garantizar los derechos en la prestación del servicios públicos, establecida en el artículo 85 de la Constitución de Ecuador: Art. 85.- La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen los derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones:.- 1. Las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad.

Por tanto, atendiendo el principio de aplicación de los derechos establecido en el artículo 11 numeral 3: “Los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de directa e inmediata aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a petición de parte.”

Para el ejercicio de los derechos y las garantías constitucionales no se exigirán condiciones o requisitos que no estén establecidos en la Constitución o la ley.

Los derechos serán plenamente justiciables. No podrá alegarse falta de norma jurídica para justificar su violación o desconocimiento, para desechar la acción por esos hechos ni para negar su reconocimiento.”

Ahora bien, efectivamente el artículo 58 de la Ley de Radio y Televisión establece un margen de discrecionalidad a favor del Superintendente de Telecomunicaciones, que es una laguna jurídica que no ha sido suplida a través de la Ley o de la jurisprudencia, esto es, un pronunciamiento del Tribunal Constitucional; o de la Corte Constitucional, a partir del 2008; sino por un Reglamento que según la pirámide de Kelsen es inferior a la Constitución y la Ley y ha sido expedido desde la Función Ejecutiva, lo que supone un margen de arbitrariedad contraria al Estado de Derecho.

Sin embargo, la acción del Superintendente de Telecomunicaciones ha sido encaminada a hacer efectivos los derechos establecidos en el artículo 18 numeral 1 de la Constitución o el derecho a la información veraz y verificada, de una manera creativa; aplicando lo establecido en el artículo 58 de la Ley de Radio y Televisión. En este sentido, más allá de calificar o no la legalidad del acto administrativo, la discusión debe centrarse en que los periodistas, comunicadores sociales y responsables de los medios de comunicación deben hacer un mea culpa de sus acciones, asumir su responsabilidad ulterior y cumplir con la reparación integral de los daños que ocasionan a las personas víctimas en su honra, su imagen, de los daños a la estabilidad de una comunidad, aunque sea de pocos habitantes como la isla Puná, responder por los daños a los niños, niñas y adolescentes víctimas de abusos sexuales y de otras formas de violencia física y psicológica que son re victimizados en los medios, etc.; mediante el resarcimiento con la rectificación y la réplica o respuesta, la garantía de no repetición y las compensaciones económicas y morales, situaciones que no se cumplen actualmente ni por la “autorregulación” que practican los medios, ni por los operadores de justicia y que en el caso de Teleamazonas, han tenido que ser asumidas por un órgano administrativo.

Por otra parte, la suma de errores, en este caso en el ejercicio de la libertad de expresión a través de los medios de comunicación social, provoca crisis. La suspensión de Teleamazonas por tres días es el resultado de una crisis que viene de mucho tiempo atrás. Para salir de esta crisis tenemos dos caminos:

1) Defender y sostener el status quo, es decir los abusos a la libertad de expresión.

2) Transformar las realidades de los excluidos, de los que no pueden acceder a su derecho a expresar sus ideas.

Si vamos por el primer camino, vamos a generar respuestas como la suspensión de los medios de comunicación en las condiciones que se ha dado por parte de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Si vamos por el camino de la transformación, debemos promover la existencia de una Ley Orgánica de Comunicación que garantice la protección de los derechos a la libertad de expresión, información y opinión de todas las personas, no solo de los periodistas, comunicadores sociales y responsables de los medios de comunicación, sino de todos.

Una Ley Orgánica que determine derechos, órganos y mecanismos de protección de esos derechos, que aseguren la reparación integral cuando han sido dañados, que asegure medidas cautelares para evitar daños irreparables a los derechos a la comunicación. Una Ley Orgánica que organice la política pública y la prestación de servicios públicos para ejercer la comunicación en el país, que amplíe la exigibilidad de derechos a la comunicación, más allá de la judicialización de los mismos, sino de un papel positivo del Estado. Queda clara  la necesidad de considerar a la comunicación como un derecho y un servicio público, que amplié el derecho a la libertad de expresión más allá de la propiedad privada y el lucro.

diciembre 18, 2009

Comunicación, derecho integrador

La comunicación y el trabajo son los puntales del desarrollo de la sociedad. Desde el “estado de naturaleza” hasta la era del Facebook; ha significado un poder para satisfacer necesidades humanas, desarrollar el lenguaje, expandir sociedades, transferir conocimientos y promover las fuerzas productivas. La comunicación es un acto humano para la supervivencia, conservación y preservación de la especie humana y por ende indispensable para su existencia.

Los derechos humanos, mecanismo revolucionario de la burguesía y los siervos frente a la dilapidación de recursos, la tiranía y opresión monárquicas; hoy son una alternativa de muchas naciones frente a un nuevo orden de guerras, recesión, armamentismo, calentamiento global y explotación, que conduce a la extinción de la humanidad.

Ser libre para expresar el pensamiento o para ampliarlo significa buscar, recibir, intercambiar, producir o difundir información en todas las formas, espacios, dimensiones y medios de comunicación, pero también la garantía del Estado de que todos podemos hacerlo en condiciones de igualdad real. Actualmente, de trece millones de ecuatorianos, solo doscientos tienen acceso a los medios de comunicación.

Es decir, siendo la comunicación indispensable para la existencia de la especie humana esta debe ser reconocida, garantizada y promovida como un derecho humano. Instrumentos internacionales y constituciones del mundo que forman parte de las Naciones Unidas así lo han establecido. En Ecuador, a partir de 1830.

Sin embargo, este derecho ha sido una declaración de principios inaplicable porque las leyes jamás se adecuaron, ni formal ni materialmente, a lo previsto en la Constitución y los tratados internacionales. El desarrollo normativo en el país respondió siempre a los intereses de grupo e individuales en perspectiva del lucro, a extremos del desmantelamiento del Estado en la década de los ochenta hasta el año 2006.

Por eso los ecuatorianos necesitamos una Ley de Comunicación. Necesitamos proteger nuestros derechos. Necesitamos libertad, necesitamos poder: para expresarnos, para formar y reformar nuestra cultura, para fortalecer lazos sociales y asegurar un buen vivir. En esa lucha pro ser humano, la comunicación es un derecho integrador para cumplir nuestra misión en la vida.

noviembre 28, 2009

DESARROLLO CRONOLOGICO DEL DERECHO A LA SALUD EN EL ECUADOR

Paulina Mogrovejo Rengel

El Estado Ecuatoriano se conformó en referencia a los procesos constituyentes producidos en Estados Unidos y Francia, para protegerse de la tiranía y la opresión de monarquías como las de Napoleón, mediante la resistencia ejercida en el proceso independentista del siglo XIX que lideró el Libertador Simón Bolívar.
Simón Bolívar soñaba en construir la Patria Grande llamada Gran Colombia como mecanismo de integración regional hacia el desarrollo de las cinco naciones independizadas de la Corona Española, Entonces se promulga la primera Constitución, en 1830. “Nosotros los Representantes de Colombia, reunidos en Congreso, en uso de los poderes que hemos recibido de los pueblos para constituirla, establecer la forma de su Gobierno y organizarla a los principios políticos que ha profesado, a sus necesidades y deseos; hemos acordado dar la siguiente Constitución Política de la República de Colombia…” que estructuraba tres poderes: El Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial y garantizaba como libertades la igualdad ante la ley.
Posteriormente, los intereses de grupo, los políticos con agenda propia, las pugna por el poder, declinaron la Gran Colombia para constituir pequeños Estados de Derecho, como Ecuador, en cuya circunscripción territorial se organizó jurídicamente nuestra sociedad.
Ahora bien, el Derecho a la salud como tal no ha sido considerado en esa magnitud sino hasta el último santiamén del siglo XX, en un escenario de pugna por la aplicación de dos modelos de desarrollo opuestos: el neoliberalismo y el socialismo real y el actualmente llamado del siglo XXI o socialismo liberal, en el marco de un Derecho Internacional de derechos humanos presente desde mediados del siglo XX; y, dentro de posiciones opuestas respecto a la prevalencia de derechos civiles y políticos, frente a derechos económicos, sociales y culturales.
Por su parte, la relación del neoliberalismo con el derecho a la salud ha sido en el marco de un intercambio a favor de la plusvalía; y, el socialismo cuya relación con el derecho a la salud consiste en la dignificación del ser humano y su protección como tal.
A continuación, un estudio cronológico de la evolución constitucional del Derecho a la Salud en el Ecuador, para lo cual se ha dividido al constitucionalismo ecuatoriano en seis periodos, en función de los modelos de desarrollo implementados; enfatizando el periodo del neoliberalismo en el marco de la operativización de tal derecho, a partir de la década de los noventa.
De 1830 a 1895.- Conformación del Estado de Derecho.- Establecimiento de derechos de primera generación para garantizar la propiedad privada, para lo cual se fortaleció la fuerza pública. La iglesia juega un papel importante en la promoción de la educación, pero este era un derecho para los ciudadanos que excluía a mujeres, esclavos e indígenas. Estos últimos eran atendidos por la Iglesia y grupos filantrópicos en la perspectiva de la caridad y la beneficencia, sin considerarlos sujetos de derechos.
De 1895 a 1925.- Revolución Liberal. Se elimina el requisito de tener una propiedad para ejercer la ciudadanía; democratiza la educación, catálogo de derechos civiles que el Estado garantiza, entre los cuales consta el derecho a la vida. Aún no se desarrolla el derecho a la salud.
De 1928 a 1946.- Función social de la propiedad.- El derecho a la vida se desarrolla en base a la pena de muerte y las condiciones carcelarias de los presos en los centros de Rehabilitación Social, en los cuales se considera su derecho a la salud. En el catálogo de derechos se limita el derecho de propiedad en caso de necesidades y progreso de la sociedad, entre los cuales se cita la salubridad pública, el Estado garantiza la asistencia, higiene y salubridad pública, en especial a trabajadores, obreros y campesinos y el acceso democrático al agua, en especial potable. En el último periodo se garantiza la salud física de la infancia. Se plantea un régimen económico de justicia social para superar la miseria. En 1946 se retrocede en el derecho a la salud, que se limita a las condiciones laborales de los trabajadores.
De 1966 a 1979.- Estado de Bienestar.- A inicios de este periodo se recupera la garantía a la salud de la niñez, luego de veinte años. Aparece la figura del seguro social campesino a través del cual se obliga al Estado al impulso de la salud en esos sectores. En la Constitución de 1979 se incorpora, por primera vez, en el artículo 19 numeral 13, el derecho de las personas a un nivel de vida que asegure su salud, el derecho a un nivel de vida que asegure la salud; la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
De 1998 al 2006.- Neoliberalismo.- El derecho a una calidad de vida que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, saneamiento ambiental; que se desarrolla en la misma Constitución, prohibiendo la paralización de servicios públicos, y por primera vez, aparece el derecho a la salud como tal, garantizado por el Estado: Sección cuarta
De la salud: Art. 42.- El Estado garantizará el derecho a la salud, su promoción y protección, por medio del desarrollo de la seguridad alimentaria, la provisión de agua potable y saneamiento básico, el fomento de ambientes saludables en lo familiar, laboral y comunitario, y la posibilidad de acceso permanente e ininterrumpido a servicios de salud, conforme a los principios de equidad, universalidad, solidaridad, calidad y eficiencia.
Art. 43.- Los programas y acciones de salud pública serán gratuitos para todos. Los servicios públicos de atención médica, lo serán para las personas que los necesiten. Por ningún motivo se negará la atención de emergencia en los establecimientos públicos o privados.
El Estado promoverá la cultura por la salud y la vida, con énfasis en la educación alimentaria y nutricional de madres y niños, y en la salud sexual y reproductiva, mediante la participación de la sociedad y la colaboración de los medios de comunicación social.
Adoptará programas tendientes a eliminar el alcoholismo y otras toxicomanías.
Art. 44.- El Estado formulará la política nacional de salud y vigilará su aplicación; controlará el funcionamiento de las entidades del sector; reconocerá, respetará y promoverá el desarrollo de las medicinas tradicional y alternativa, cuyo ejercicio será regulado por la ley, e impulsará el avance científico - tecnológico en el área de la salud, con sujeción a principios bioéticos.
Art. 45.- El Estado organizará un sistema nacional de salud, que se integrará con las entidades públicas, autónomas, privadas y comunitarias del sector. Funcionará de manera descentralizada, desconcentrada y participativa.
Art. 46.- El financiamiento de las entidades públicas del sistema nacional de salud provendrá de aportes obligatorios, suficientes y oportunos del Presupuesto General del Estado, de personas que ocupen sus servicios y que tengan capacidad de contribución económica y de otras fuentes que señale la ley.
La asignación fiscal para salud pública se incrementará anualmente en el mismo porcentaje en que aumenten los ingresos corrientes totales del presupuesto del gobierno central. No habrá reducciones presupuestarias en esta materia.
Adicionalmente, se operativiza este derecho en las siguientes normativas:
Diciembre de 1992: Ley de Modernización, Privatizaciones y Prestación de Servicios que concede la prestación de servicios de salud al sector privado, delegación a los Municipios que a su vez, constituyeron ONG’s para dichas prestaciones.
1996.- Reducción del gasto público en salud (US$50 por persona)
1997.- Intentos por establecer Planes Nacionales mediante Consejos Nacionales y Cantonales.
2002.- Publicación en el Registro Oficial de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud. Esta ley y su reglamento, entre otras importantes disposiciones contemplan la participación activa de los diversos niveles del Ministerio de Salud en la conformación y ejecución de los Consejos Provincial y Cantónales de Salud, ya sea asumiendo la secretaría técnica y la asesoría especializada a las instituciones participantes.
Del 2008-2009.- Estado Social.- Se desarrolla el Derecho a la salud como un deber primordial del Estado, se le da la calidad de interdependiente junto a los derechos a la alimentación, educación, cultura física, trabajo, seguridad social, ambientes sanos; se declara a la salud como Política de Estado, la gratuidad de los servicios de salud, atención del Estado a la salud de la niñez, maternidad gratuita, la salud de los jóvenes, salud sexual y reproductiva, personas privadas de libertad.
El Estado Social, que en Ecuador ha venido en llamarse Estado Constitucional de Derechos y Justicia Social es la propuesta del Socialismo del Siglo XXI como modelo de desarrollo, a través del cual la operativización y desarrollo de dicho derecho podría hacerse a través de leyes orgánicas y políticas públicas ejecutadas a través de Planes de Salud y Consejos de Desarrollo.

noviembre 24, 2009

Seis cuestiones sobre la Ley Orgánica de Comunicación de Ecuador

Las libertades están garantizadas en los instrumentos internacionales de derechos humanos, y en estos también existen cláusulas limitativas del os mismos. Por ejemplo, el artículo XXVIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre dice: “Los derechos de cada hombre están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bienestar general y del desenvolvimiento democrático.” Por tanto, efectivamente tenemos libertades, pero también responsabilidades; empero, respecto a los ataques a la Ley Orgánica de Comunicación, caben las siguientes preguntas:

PRIMERA.-
En los artículos 1 y 2 del Pacto San José se obliga a los Estados, en sus legislaciones internas, asegurar el cumplimiento de los derechos humanos mediante los procedimientos constitucionales respectivos. Por tanto, el Estado ecuatoriano está en la obligación de garantizar los derechos de todos a la comunicación, lo que justificaría una Ley de Comunicación. Con esta obligación internacional, ¿Es posible que exista solo una autorregulación ética de los medios de comunicación?

SEGUNDA.-
¿Cuál es el referente para que los medios midan su responsabilidad por ejemplo en el interés superior de niños, niñas y adolescentes, en la plurinacionalidad o interculturalidad, en la rectificación, réplica y respuesta, en la prevalencia de contenidos informativos, culturales y educativos, etc; si no existen lineamientos establecidos y legitimados por el soberano que en definitiva es el pueblo a través del poder legislativo?

TERCERA.-
¿Cuáles fueron o son las condiciones de surgimiento de la prensa corrupta?

CUARTA.-
¿El Derecho es un mecanismo de sometimiento a favor del Estado, en este caso, sometimiento de la prensa a favor del Estado?, si es así, ¿Qué alternativa al Derecho puede plantearse para controlar al prensa corrupta, a las violaciones de derechos de las personas, de su honra, de su integridad personal?

QUINTA.-
¿La prensa es un contrapoder al Poder del Estado y como tal, susceptible de excesos si no existen límites?. En este sentido, ¿la veracidad, la objetividad, la imparcialidad, la información precisa a la que tenemos derecho todos los ecuatorianos, puede ser compatible con el poder de los medios, cuando de plano sabemos que estos muchas veces tienen agenda propia, inclusive servil al sector financiero y la banca, por ejemplo?

SEXTA.-
¿Son preferibles los abusos de la prensa a la regulación del Estado para garantizar los derechos de comunicación?. ¿si defendemos un Estado democrático, los abusos son permitidos en democracia?

septiembre 14, 2009

UNICEF y los derechos de los niños en Ecuador

Paulina G. Mogrovejo Rengel
Miriam Alcivar
Linda Andrade Vera

INTRODUCCIÓN

"Señor que no me mira, mire un poco, yo tengo una pobreza para usted, limpia, nuevecita, bien desinfectada, vale cuarenta, se la doy por diez… Pobreza sin los pobres, por supuesto, ya que los pobres nunca huelen bien."
Mario Benedetti

La década de los 50 en el siglo XX, atestigua el origen de la Cooperación Internacional, como apoyo para el sostenimiento de la presencia occidental en los países soviéticos y su área de influencia. En aquella época, su función era el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional, que la naciente Organización de las Naciones Unidas considero amenazada, por la presencia de la URSS.

Desintegrada, Occidente respira paz en el segundo mundo y sus ojos giran hacia otros espacios; de manera especial el Tercer Mundo. Sus condiciones de desigualdad material, confeccionaban caldos de cultivo para la lucha de clases, y una amenaza para el equilibrio ideológico logrado por la ONU en el mundo.

Así pues, la Cooperación internacional mira como receptores al África, Centroamérica y América Latina desde 1990 y se prioriza con mayor énfasis en África y el área andina de América Latina, sectores considerados mayormente vulnerables por sus conflictos militares y pobreza extrema.

Con estas premisas, podemos determinar que la cooperación internacional busca mejorar las condiciones de vida en los Estados pobres o en vías de desarrollo, para paliar un poco la insatisfacción de necesidades de bienes y servicios de sus habitantes y así sostener el sistema.

Ecuador es país receptor de la Cooperación Internacional. Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo OECD (Red Argentina para la Cooperacion INternacional RACI, 2008) nuestro país ocupa el séptimo lugar en el ranking de países; a diferencia de Colombia, que en diez años incremento el apoyo internacional en un quinientos por ciento y esta a la cabeza en América Latina, seguida por Bolivia, El Salvador, Haití y Perú.

En Ecuador también ha existido un incremento del 21 por ciento, de la ayuda internacional en los últimos diez años, caracterizados fundamentalmente por la inestabilidad política y el desequilibrio democrático que produjo la aplicación del neoliberalismo en la década de los ochenta y noventa, mismo que le habría costado al país, mas del 25 por ciento del Producto Interno Bruto nacional (Explored, 2000)

El incremento en Ecuador se debe a las nuevas prioridades de la Cooperación internacional:

1.Ayudar a construir un mundo seguro y en desarrollo, para lo que es importante el diálogo político que lleve a la elaboración de políticas internas viables a largo plazo en los países terceros.

2.Contribuir a la consecución de la paz, la estabilidad y la seguridad mundial.

3.Impulsar y articular la participación ciudadana en la acción exterior. (Ciudadades para un futuro mas sostenible, 2009)

El objetivo es lograr un equilibrio social en Ecuador a través del fortalecimiento del rol estatal en el reconocimiento del ser humano en su dimensión individual y colectiva, respeto de los derechos humanos, y la igualdad de derechos y libertades de todas las personas y pueblos, el compromiso de los ciudadanos con la democracia y las libertades públicas, la participación ciudadana en la consecución de un desarrollo sostenido y sostenible.

Para el efecto, varios países, organizaciones de la sociedad civil, organismos multilaterales y la ONU; que cuentan con fondos, se han dedicado a cooperar en nuestro país. Entre los beneficiarios también están son los niños de 0 a 17 años de edad; de hecho, el tema infantil es uno de los mayormente tratados como receptáculo de la cooperación internacional, por las condiciones de la infancia en el mundo y en Ecuador, detectadas por la UNICEF como se detalla a continuación:


1)El retraso del crecimiento debido a la desnutrición crónica afecta a un 25% de los niños y niñas menores de cinco años. Los niños y niñas indígenas registran tasas mucho más elevadas que ese promedio nacional.
2)La Constitución del Ecuador garantiza la educación básica gratuita a todos los niños y niñas. En la práctica, sin embargo, las escuelas tienen presupuestos tan limitados que las familias deben hacerse cargo de los costos de los libros y cuadernos, otros materiales escolares y los servicios públicos. Esos gastos impiden que muchas familias pobres envíen a sus hijos e hijas a la escuela.
3)Pese a que la tasa de matriculación escolar primaria supera el 97%, sólo la mitad de los niños y niñas que terminan el ciclo primario continúan su educación secundaria. El 16% de los estudiantes de entre 12 y 17 años de edad abandona sus estudios para ponerse a trabajar.
4)La tasa de prevalencia del VIH entre la población ecuatoriana de 15 a 49 años es del 0.3%.
5)Unos tres millones de ecuatorianos han emigrado al exterior en busca de trabajo, y muchos de ellos han dejado a sus hijos en el Ecuador.
6)Miles de familias resultaron desplazadas en agosto de 2006 debido a la erupción del volcán Tungurahua, que destruyó rutas y caminos, viviendas y obras de infraestructura. Tras la erupción, la lluvia de cenizas volcánicas cubrió una superficie sembrada de 23.000 hectáreas, además de causar problemas respiratorios a la población local. En marzo de 2007, una segunda erosión del Tungurahua agravó aún más la situación de vulnerabilidad de la población. (UNICEF, 2008)

Para paliar la satisfacción de las necesidades de niños, niñas y adolescentes; UNICEF aparece vinculada como entidad cooperante, de tal modo que ha motivado nuestro interés investigativo que inicia con la cuestión: ¿De qué manera la cooperación de la UNICEF incide en la protección de los derechos de la niñez ecuatoriana en edad escolar?


Capítulo I: La cooperación de la Unicef en el Ecuador.-

1.1. Generalidades

Anteriormente se había comentado los motivos para que los países de la Organización de las Naciones Unidas, ONU; configuren como política de relaciones internacionales en pro de la paz y seguridad global, la cooperación entre países, especialmente de aquellos del primer mundo, hacia las economías deprimidas donde la desigualdad material es inmensa.

Con esta lógica, nace el concepto de cooperación internacional. Para la Agencia de Cooperación Internacional colombiana, esta actividad es “la ayuda que se entrega para apoyar el desarrollo económico y social de países en desarrollo, mediante la transferencia de tecnologías, conocimientos, habilidades o experiencias por parte de países u organizaciones multilaterales. Se le conoce también como Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) y es un concepto global que comprende diferentes tipos concesionales de ayuda”. (Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional de Colombia, pág. 13)

El Informe sobre Desarrollo Humano del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (IDH-PNUD), citado en el Manual para la Cooperación Internacional de la Red Argentina para la Cooperación Internacional RACI (2008) expresa: “La Cooperación Internacional es la relación que se establece entre dos o más países, organismos u organizaciones de la sociedad civil, con el objetivo de alcanzar metas de desarrollo consensuadas.”

Por tanto, la cooperación internacional sería el conjunto de las relaciones, entre dos o más países, uno desarrollado y otro subdesarrollado, cuyo objetivo fundamental es la lucha contra la pobreza, garantizar la paz, la seguridad y los gobiernos democráticos, de manera conjunta y siempre que existan fines consensuados.

Ahora bien, este criterio tiene como base conceptual la desintegración de la URSS, la caída del muro de Berlín y el alzamiento triunfal de la ideología occidental, como abanderada de un nuevo orden económico y social mundial a favor de todas las naciones del mundo, que debía ser garantizado mediante la solidaridad internacional de las naciones unidas organizadas, con unos objetivos claramente definidos:

•El mantenimiento de la paz y la seguridad internacional, con el fin de resolver los problemas por medio de la negociación.
•La libre determinación de los pueblos.
•La defensa y promoción de los Derechos Humanos.
•La cooperación pacífica en los terrenos como la economía, la cultura, los asuntos sociales, etc., para que las relaciones entre los Estados se solucionen por la vía del diálogo.
•La soberanía nacional de todos los países por igual.
• La prohibición de emplear la fuerza para resolver los conflictos.
• La solidaridad entre Estados. La universalidad de la organización, para acoger en sus foros a la mayor parte de países posible.

Siendo que la libertad e igualdad son el ideal occidental y que este se logra a través de la fraternidad y solidaridad; los países de occidente vieron en la ONU una posibilidad de limitar los poderes omnímodos amenazantes; y, en esta óptica, los Estados Unidos de Norteamérica se apadrinaron del nuevo orden mundial.

Así pues, cuando George H.W. Bush proclamó la paz y seguridad, libertad y el gobierno por la ley propia, (Bush, 2002, pág. 1) como aspiración suprema de las naciones del mundo, el nuevo orden mundial le permitió a EEUU, autoproclamarse juez del planeta, aunque poco o nada le interesaba la lucha contra la pobreza, la paz y la seguridad internacionales, sino mas bien, consolidar su liderazgo como el dueño del mundo.

Por supuesto que esto contribuyo a que los países devastados por la guerra como Francia, Inglaterra o Dinamarca, se desarrollaran a través del Plan Marshall, impulsado por EEUU para levantar la economía europea en la postguerra y luego, con sus excedentes, estos contribuyan con los países “tercermundistas” (África, y América Latina). En esa época, con una connotación asistencialista que permita entender a los posibles caldos de cultivo del marxismo, sobre las bondades del capitalismo.

La dinámica del asistencialismo como fundamento de la cooperación internacional, perduro por unas tres décadas. En 1980, Estados Unidos decide cambiar su modelo de desarrollo al neoliberalismo y con el, todos los países alineados. Entre otras, el neoliberalismo pretendía que se garanticen las libertades económicas en los Estados, a fin de favorecer al mercado; para lo cual, los gobiernos debían reducir a su mínima expresión el rol del Estado, exclusivamente para garantizar paz y seguridad al mercado.

En esto, la cooperación internacional debía jugar un importante papel. Fue el rostro humano del neoliberalismo, a través de la transferencia de tecnología y recursos económicos a los organismos no gubernamentales, que debían reemplazar al Estado y reproducir la ideología de la libertad como único mecanismo hacia la productividad que a su vez era la fuente de la felicidad. Sin embargo, los cooperantes obtuvieron resultados desfavorables; puesto que especialmente en América Latina, la implantación del neoliberalismo fracasó.

Por lo tanto, en el año 2000, se reenfoca el concepto de cooperación internacional, como mecanismo de solidaridad entre Estados, en los terrenos como la economía, la cultura y los asuntos sociales; esta vez de manera consensuada, es decir, una sincronía de intereses entre los países cooperantes y los beneficiarios, orientando los fines al desarrollo de los últimos, contando los cooperantes, con el compromiso de los Estados, antes desertores; para el cumplimiento de sus planes, programas y proyectos nacionales.

Esto, en el marco de los instrumentos internacionales de las Naciones Unidas, a su vez fundamentados en la paz y seguridad, libertad y el gobierno por la ley como aspiración en el nuevo orden mundial.

Mientras tanto, Estados Unidos continuaría en su rol de juez del planeta, buscando en los países de los cinco continentes, amenazas a la paz e interviniendo militarmente para equilibrar la geopolítica del mundo.

En este contexto, el objetivo de la cooperación internacional ha sido permitir que se mantenga la paz y seguridad, así como la democracia en el mundo, en base a la filosofía del humanitarismo yankee. La ONU cumple un papel de facilitador de este humanitarismo, presionando a los países para que incluyan en sus leyes y políticas públicas, los instrumentos internacionales determinados, para lo cual, se han creado organismos paralelos como la FAO, la OIT, la UNESCO o la UNICEF, cuya función es incidir en dichas incorporaciones.

Ahora bien, el reconocimiento del ser humano como tal es bueno, independientemente de la fundamentación de sus derechos humanos; y por tanto, los instrumentos que se refieren a este reconocimiento deben ser aplicados. La paz y seguridad mundiales, la soberanía de todos los países, la autodeterminación de los pueblos, la integración, y otros de los objetivos de la ONU son determinantes en el proceso de desarrollo del mundo; pero esto no necesariamente coincide con el criterio de los Estados Unidos, cuya aspiración es dirigir el mundo y supeditarlo a sus políticas internas; hecho del que se han percatado algunos países denominados NO ALINEADOS, cuyo objetivo, más allá de mirar los objetivos de la ONU desde la óptica de los EEUU, aspiran una verdadera libertad e igualdad material para sus habitantes, lo que también marca un nuevo enfoque sobre la cooperación internacional.

Los países NO ALINEADOS, exigen que la ONU cumpla con los objetivos para los que fue creada, en lugar de facilitar el expansionismo de EEUU; para lo cual, buscan captar espacios de poder, a través de la integración regional, como en el caso de Latinoamérica. Es otro hito de la cooperación entre países, desde una perspectiva horizontal, aunque las cuestiones técnicas que acompañan a esta forma de solidaridad, permanecen en todos los enfoques.

1.1.Cooperación Técnica

“La cooperación técnica y científica puede definirse como el flujo de recursos técnicos, conocimientos, habilidades, experiencias, información especializada, innovaciones científicas y tecnológicas que coadyuvan a resolver problemas específicos y a fortalecer las capacidades nacionales científicas y tecnológicas, de acuerdo con la estrategia de desarrollo económico y social de cada país.” (Secretaria Nacional de Medio Ambiente, 2007)
“Es el conjunto de acciones que, de manera combinada o por separado, y en cualquiera de las fases de la identificación, formulación, ejecución o conclusión de proyectos, tengan por objetivo prestar apoyo técnico, jurídico, administrativo, capacitación, formación, asesoría, visibilidad, coordinación, seguimiento o auditoria, a iniciativas cuya finalidad sea la ejecución de políticas públicas de promoción o desarrollo en general”. (Organización de los Estados Americanos, para la ciencia y la cultura)

”La Cooperación Técnica con los Estados Miembros, debe promover el mayor impacto socio-económico tangible a través de la contribución directa y de manera costo-efectiva al logro de las prioridades de desarrollo sostenible de cada país” (Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional de Colombia)


La Cooperación Técnica se refiere al flujo de recursos técnicos, conocimientos, habilidades, experiencias, información especializada, innovaciones científicas y tecnológicas, que se realizan de manera combinada, o por separado, y en cualquiera de las fases de la identificación, formulación, ejecución o conclusión de proyectos, para resolver problemas específicos y fortalecer las capacidades nacionales; a fin de promover el mayor impacto socio-económico tangible, en el logro de las prioridades del desarrollo sostenible de cada país.

1.2.Cooperación financiera

La cooperación financiera, también denominada cooperación económico-financiera, es aquella modalidad cuyo contenido persigue objetivos amplios de desarrollo económico de los países receptores por medio de inversiones o transferencias, que abarca por exclusión aquellas formas de cooperación que no responden a las características más precisas de las restantes modalidades (Dubois:)

“La cooperación financiera refiere a toda transferencia concedida para la financiación de actividades orientadas al desarrollo del país receptor, que se canaliza bajo la forma recursos financieros transferidos desde los países donantes o beneficiarios.” (Red Argentina para la Cooperacion INternacional RACI, 2008)

La cooperación financiera es la ayuda a través de inversiones o transferencias económicas para el financiamiento de actividades del país receptor, a cargo del país cooperante. Puede ser reembolsable, como los créditos de organismos multilaterales; o no reembolsable, que se refiere a las donaciones.

1.3. Ayuda humanitaria y de emergencia

En la definición de Joana Abrisketa , es el conjunto diverso de acciones de ayuda a las víctimas de desastres (desencadenados por catástrofes naturales o por conflictos armados), orientadas a aliviar su sufrimiento, garantizar su subsistencia, proteger sus derechos fundamentales y defender su dignidad, así como, a veces, a frenar el proceso de desestructuración socioeconómica de la comunidad y prepararlos ante desastres naturales. Puede ser proporcionado por actores nacionales o internacionales. En este segundo caso tiene un carácter subsidiario respecto a la responsabilidad del Estado soberano de asistencia a su propia población, y en principio se realiza con su visto bueno y a petición suya, si bien en los 90 se abrió la puerta a obviar excepcionalmente estos requisitos. (Armiño)

1.4. Reorganización de deuda

Citamos el concepto de la Red Argentina para la cooperación internacional RACI (Red Argentina para la Cooperacion INternacional RACI, 2008, pág. 35) que define a la Reorganización de la Deuda es un mecanismo de cooperación que se da tanto entre actores públicos como entre actores privados. Tiene por objetivo flexibilizar la relación entre un acreedor y un deudor, de modo tal que se garantice el pago y que el deudor no se vea forzado a contraer una nueva obligación para poder alcanzar el desarrollo deseado.

Existen cuatro mecanismos para la reorganización: la condonación, que implica la anulación voluntaria total o parcial de la deuda por parte del acreedor; la reprogramación o refinanciamiento, que supone la extensión del plazo de pago de la deuda o el reemplazo del contrato por otro, generalmente con un lapso mayor para el pago; la asunción, en la cual una tercera parte compra la deuda y realiza los pagos al acreedor a cambio de prestaciones del deudor, como por ejemplo, que empresas privadas del país acreedor adquieran la deuda a cambio de prestaciones del país deudor que garanticen sus inversiones en el mismo. Finalmente, aparece el mecanismo de cambio o canje de deuda.

1.5. Cooperación Cultural

El concepto de cooperación cultural encierra una gran cantidad de facetas. En él encontramos ámbitos tan variados como la movilidad y circulación de bienes y servicios, el fortalecimiento de la identidad cultural, la protección de la diversidad cultural y las lenguas minoritarias, el fortalecimiento de los proyectos artísticos y culturales y del espacio cultural de profesionales, ideas y proyectos, el apoyo a las Artes, la promoción del diálogo intercultural, la educación y la integración y cohesión social. (Organización de los Estados Americanos, para la ciencia y la cultura)

“Según el Diccionario de la Real Academia Española, Cooperar significa: "Obrar juntamente con otro u otros para un mismo fin", es decir es una herramienta de la que se vale la gestión cultural para establecer una relación entre dos o más agentes para alcanzar unos objetivos comunes, mediante el intercambio, la optimización de recursos y el intercambio de enseñanzas. (Wikanda)

La cooperación cultural consiste en las acciones conjuntas entre el organismo cooperante y el beneficiario, que tienen relación con el fortalecimiento de los proyectos culturales, la educación, la integración y la cohesión social, mediante el intercambio, la optimización de recursos y el intercambio de enseñanzas.

1.6. Pasantías

Para la RACI (Red Argentina para la Cooperacion INternacional RACI, 2008), el objeto de las Pasantías es conocer y/o aprender ciertas capacidades específicas o colaborar con el desarrollo de conocimiento de la institución a la cual el experto se traslada. Si bien este tipo de cooperación comenzó a desarrollarse entre ministerios y agencias gubernamentales, hoy se ha extendido a organizaciones de la sociedad civil, think tanks, universidades y centros de estudio, con el propósito de capacitar y estimular intercambio entre los países y organizaciones.

Según la RACI, es necesario destacar que las pasantías pueden o no ser rentadas. En muchos casos, cuando se trata de una pasantía rentada, la institución que envía al pasante suele afrontar los costos de la misma (totales o parciales).

Este tipo de cooperación, -explica RACI, ya sea entre instituciones oficiales o entre organizaciones no gubernamentales, tiene un cierto marco de formalidad. Generalmente, los acuerdos se realizan en un tiempo determinado; la lista de tareas y acciones se fija previo al inicio de actividades, y se necesita –además- realizar una serie de trámites administrativos, que varían por área temática de interés o por cantidad de duración del tiempo de la pasantía.

Finalmente, refiriéndose al voluntariado, la RACI sustenta que este sea uno de los tipos de cooperación que más auge ha tenido en los últimos tiempos dentro de las organizaciones de la sociedad civil. Explica, que a diferencia de las pasantías, las acciones de voluntariado requieren de menores formalidades administrativas, aunque sí de la misma cantidad de compromiso. Esta vía de cooperación permite a cualquier persona del extranjero colaborar, participar y desarrollar actividades en el campo de las acciones que lleva adelante una organización de la sociedad civil. Si bien pueden darse casos de voluntariado en dependencias gubernamentales, este tipo de cooperación es más común entre organizaciones no gubernamentales y entre universidades o centros académicos.

El voluntariado conlleva horas de trabajo directo sobre la problemática que más sensibiliza o interesa desde lo personal.

Uno de los ejemplos de voluntariado más exitoso en el mundo es el de Greenpeace.

1.7. Asistencialismo

“Se trata de un vocablo derivado de la palabra “asistencia”, que equivale a ‘ayuda’ o ‘auxilio’, y cuyo significado originario era, en latín, ‘estar cerca de’. Recientemente surgió la acuciante necesidad, sobre todo en los países de Latinoamérica, de acuñar un término nuevo que hiciera referencia al marco teórico de los servicios de asistencia. Así nació el concepto “asistencialismo”. (Light)

“El asistencialismo es la deformación de la asistencia, obligación que contraen los gobiernos con sus ciudadanos a través de una constitución por la cual se señala el carácter de dignidad de todo ser humano sin distinticiones de ningún tipo, y además, el gobierno ha de asistirles en lo que se refiere a la subsistencia mínima básica como son los siguientes derechos:

* Vivienda a personas sin hogar (derecho a vivienda)
* Duchas públicas
* Lavandería
* Albergues
* Comedores sociales
* Atención sanitaria.

Los gobiernos pueden ofrecer estos servicios en especies, poniendo a disposición del necesitado lo arriba indicado, o bien en dinero a través de medidas como la renta básica universal que aplican países como Finlandia. Debido al modelo de cultura económica imperante, este servicio podría ser subcontratado por los ayuntamientos a empresas privadas. Es importante señalar el carácter de servicio público, y por tanto de que ni está en venta ni pueden cobrar por ello, pues su única naturaleza es la de cubrir necesidades y no el ánimo de lucro.”

La concepción del asistencialismo es propia de la década de los ochenta en el siglo anterior, como el rostro humano del neoliberalismo, que confunde la exigibilidad de derechos y acomoda la prestación de servicios como auxilio, especialmente de las ONG y los cooperantes, frente a un Estado desertor.

1.8. Cooperación para el desarrollo

“La cooperación al desarrollo se ha ido cargando y descargando de contenidos a lo largo del tiempo, de acuerdo al pensamiento y los valores dominantes sobre el desarrollo y al sentido de corresponsabilidad de los países ricos con la situación de otros pueblos, por lo que es preciso conocer su evolución para comprender su significado en cada momento.” (Dubois:)

La cooperación para el desarrollo se refiere a los sistemas y procedimientos que las Sociedades Nacionales utilizan para planificar, ejecutar, supervisar y evaluar el apoyo que prestan para llevar a cabo las actividades de desarrollo antes expuestas de conformidad con los objetivos de la Federación Internacional en materia de cooperación para el desarrollo. (Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja)

Si bien actualmente a la cooperación para el desarrollo se la percibe de diversas formas, en general se la puede definir como “el conjunto de recursos y posibilidades que los países desarrollados (industrializados) han puesto al servicio de los países menos desarrollados para facilitar su progreso económico y social” (Chamochumbi, 2006)

La Cooperación para el desarrollo son los sistemas y procedimientos administrativos que los países cooperantes han puesto al servicio de los países beneficiarios, para facilitar su proceso económico y social.

1.9. Sistema de cooperación de UNICEF

El UNICEF (Fondo de las Naciones Unidas para la infancia); inició su misión en 1946, como organización de socorro de niños y niñas que habían sufrido los efectos de la Segunda Guerra Mundial.

UNICEF cumple labores para garantizar la vigencia de los derechos establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño. “Esa labor se corresponde estrechamente con los Objetivos de Desarrollo del Milenio fijados por las Naciones Unidas en 2000, y tiene importancia fundamental para la conquista de los mismos. UNICEF es principalmente responsable de lograr avances en 13 de los 48 indicadores de progreso hacia la conquista de los objetivos del Milenio.”


Su trabajo se divide cinco esferas estratégicas principales, interrelacionadas:

1. Suministro, distribución y aplicación de vacunas; suministro de agua potable y elementos médicos básicos; respaldo a aquellos programas locales que aumentan el nivel de acceso a los servicios básicos de agua y saneamiento ambiental, los que, a su vez, resultan de importancia fundamental para las iniciativas sanitarias, educacionales y de desarrollo, mejoramiento de la higiene y del suministro de agua y saneamiento ambiental en las escuelas, a fin de crear un ambiente que resulte acogedor para los niños y les aliente a aprender, mediante el empleo de demostraciones prácticas y labores de fomento basadas en pruebas demostrables, suministra también elementos escolares y tiendas de campaña como parte de su campaña de retorno a la escuela, que genera un ámbito más normal y seguro para los niños y niñas y protege su derecho a la educación básica.

2. El VIH/SIDA y la infancia: organización de campañas de educación para la prevención, así como de capacitación y de servicio caracterizadas por su sensibilidad en materia de género y por estar orientadas especialmente a los adolescentes, promoción y extensión comunitaria para ayudar a los gobiernos, las comunidades y las familias a dar apoyo a los niños y niñas huérfanos del VIH/SIDA, respalda los programas que ayudan a prevenir la transmisión del VIH/SIDA de madre a hijo y que aumentan el número y la proporción de las mujeres y niños que reciben medicamentos antirretrovirales.

3. Protección de la infancia: Para apoyar la Sección 6 de la Declaración del Milenio, que se refiere a la Protección de las Personas Vulnerables, UNICEF fomenta los ámbitos protectores que ayudan a prevenir y dar respuesta a la violencia, la explotación, el abuso y la discriminación, así como la protección de los niños y niñas que han quedado en estado de vulnerabilidad debido a las situaciones de emergencia.Entre los objetivos por zonas de UNICEF figuran los de creación de conciencia a nivel gubernamental acerca de la protección de los derechos de la infancia y sobre los análisis de situación, así como el fomento de normas jurídicas que castiguen a quienes explotan a los niños y niñas. Mediante las labores de promoción en sus oficinas locales de todo el mundo, UNICEF ayuda a fortalecer los recursos con que cuentan las escuelas, comunidades y familias para atender las necesidades de los niños marginados, entre ellos los huérfanos del VIH/SIDA.

4. Análisis de políticas, promoción y alianzas en pro de los derechos de la infancia: Las labores de UNICEF en este aspecto se concentran en el octavo objetivo -establecer una asociación mundial para el desarrollo- y en fortalecer las políticas nacionales y locales de protección y fomento del derecho de la infancia a la supervivencia y el desarrollo pleno. La reducción de la pobreza infantil constituye un aspecto fundamental de la conquista de esos derechos. A tal fin, y con el propósito de cumplir con el primer objetivo de desarrollo del Milenio, UNICEF alienta las inversiones nacionales y mundiales sostenibles para movilizar recursos y obtener resultados en pro del bienestar de la infancia, incluso durante las situaciones de emergencia. Mediante una amplia gama de alianzas con gobiernos, organismos regionales y agrupaciones privadas y de la sociedad civil, UNICEF participa en el desarrollo de enfoques sectoriales, planes de estrategia de lucha contra la pobreza y presupuestos. Con el propósito de respaldar su posición sobre cuestiones fundamentales, UNICEF también ocupa una posición de avanzada en materia de gestión del conocimiento mediante la investigación de las necesidades de los afectados, la vigilancia de los resultados y el mantenimiento de un registro de las lecciones obtenidas, que el organismo internacional pone a disposición de otros organismos y del público general. En ese sentido, UNICEF ha ayudado a elaborar las dos fuentes de datos que se detallan a continuación y a las que los gobiernos y los organismos de desarrollo de todo el mundo han reconocido como indicadores importantes. Asimismo, UNICEF es el organismo directivo de vigilancia de los datos mundiales y por países relacionados con los seis objetivos del Milenio que se refieren a la infancia. UNICEF ideó el método de las Encuestas por conglomerados múltiples a mediados del decenio de 1990. Las Encuestas, que constituyen una herramienta eficaz y económica, son una importante fuente de datos y posibilitan la vigilancia de la vigencia de los derechos humanos y los avances logrados hacia la conquista de los objetivos del Milenio. UNICEF fomenta el empleo de ese método, capacita y presta asistencia a los gobiernos para su implementación y presenta los datos obtenidos mediante las encuestas. UNICEF ha realizado también importantes inversiones en el desarrollo de DevInfo, un programa de computación que permite almacenar y presentar eficazmente los datos en forma de tablas, gráficos y mapas.

Además, UNICEF fomenta la participación activa de los niños, niñas y jóvenes en la toma de decisiones que se relacionan con su propio bienestar. A tal fin, lleva a cabo diversas actividades como la defensa de los derechos de los niños y de la libertad de pensamiento y expresión y la creación de un sitio Web para que puedan intercambiar ideas y opiniones.


Capítulo II: La protección de los derechos de los niños en el Ecuador

Los derechos humanos tienen su asidero en el siglo XVIII, sin embargo, en el caso de las mujeres y los niños, el reconocimiento llega a finales del siglo XX, con la Convención Interamericana de los Derechos del Niño y las convenciones sobre la Eliminación de Todas las formas de Discriminación contra la Mujer, y sobre la eliminación de la Violencia contra la mujer.

1.1. Instrumentos internacionales de protección de derechos de los niños

EL objetivo de constituirse en un cuerpo colegiado como las Naciones Unidas, permitió que este grupo de países instituyeran instrumentos internacionales de reconocimiento de los Derechos Humanos, en el mundo, que debían ser cumplidos por todos los países miembros, así como promover su universalización; como alternativa para garantizar la paz y seguridad, la libertad y la democracia.

Tal es así, que el primer documento fue la Declaración de los Derechos Humanos en 1948, seguido por la Convención Interamericana de los Derechos del Niño, los objetivos del milenio y la Declaración de París del 2005.

1.2. Obligaciones del Estado Ecuatoriano

“La Constitución aprobada garantizará a este sector: vida, cuidado y protección desde la concepción; voto desde los 16 años; que no trabajen antes de los 15 años; pagar menos en el transporte público; educación gratuita; protección del consumo de alcohol; los niños y niñas de hasta 6 años recibirán atención en: nutrición, salud, educación y cuidado permanente; protección contra todo tipo de violencia, maltrato, abuso y explotación sexual en la familia, escuela y comunidad; derecho a identidad, nombre y ciudadanía; inclusión de niños y niñas con discapacidad; educación en su propio idioma y en la cultura de sus pueblos y nacionalidades; protección de la influencia de programas que promuevan la violencia, discriminación racial o de género en los medios de comunicación; licencia por paternidad; derecho a la participación; derecho a la familia; atención prioritaria en desastres naturales, conflictos armados y enfermedades graves. La ratificación del Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia y el reconocimiento del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia en la Constitución, en el marco del sistema de inclusión y equidad social, como un Consejo para la Igualdad.” (Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia CCNA, 2008)

Garantizar, es que el Estado está obligado a hacer posible que todos los niños, niñas y adolescentes tengan acceso a sus derechos y en condiciones de igualdad, mediante políticas públicas, planes nacionales, constitución de sistemas de protección, agendas sociales; y, cooperación internacional.

El cuidado y la vida desde la protección implica que la madre, antes de quedar embarazada, se encuentre saludable física y emocionalmente para concebir el bebé; evitar los abortos espontáneos o inducidos, cuidado de la mujer embarazada, incluyendo la protección a la no discriminación social y laboral.

El voto desde los 16 años, implica formar ciudadanos maduros para tomar las decisiones que afectarán al país, a través de sistemas de educación “Esta tarea pedagógica consiste en primer lugar en crear condiciones que fomenten la sensibilidad moral en aquellos que aprenden, a fin de constatar y vivir los conflictos morales de nuestro entorno tanto físico como mediático. En segundo lugar, y a partir de la vivencia y análisis de experiencias que como agente, paciente u observador pueden generar en nosotros los conflictos morales en nuestro contexto, la acción pedagógica ha de permitir superar el nivel subjetivo de los sentimientos y mediante el diálogo construir de forma compartida principios morales con pretensión de universalidad. En tercer lugar, ha de propiciar condiciones que ayuden a reconocer las diferencias, los valores, las tradiciones y la cultura en general de cada comunidad, y al mismo tiempo que favorezcan la construcción de consensos en torno a los principios básicos mínimos de una ética civil o ciudadanía activa, fundamento de la convivencia en sociedades plurales. Estos principios básicos se refieren a la justicia y son identificados por Rawls como la igualdad de libertades y de oportunidades y la distribución equitativa de los bienes primarios.” (Organización de Estados Americanos)

Garantizar atención prioritaria en los servicios públicos, la correcta nutrición, educación y cuidado permanente implica adaptar los procesos de la administración pública; desde la planeación hasta el control y la evaluación, en base a los principios del interés superior del niño, que además deben ser madera de interpretación jurisdicciónal en la creación de jurisprudencia, y fuente para la expedición de leyes nacionales y el presupuesto general del Estado.

La protección contra el maltrato, implica que el Estado tiene que hacer posible que todos los niños nacidos sean inscritos en el Registro Civil, que no sean explotados laboralmente ni sexualmente, aplicando duramente las penas para el efecto, por ejemplo; evitar los matrimonios y embarazos precoces, protección contra la disciplina excesiva, proteger y cuidar a los niños afectados por los conflictos bélicos, suscripción y adhesión a convenios y protocolos pro niño, y la cooperación internacional.
Y, la protección de su cultura a través de una educación intercultural, el rechazo al neocolonialismo y la influencia negativa de los mass media.

1.2.1. Respetar

La obligación de respetar consiste en la garantía del debido proceso que a su vez se deriva del derecho a la seguridad jurídica.

“Es un conjunto de derechos propios de las personas y anteriores al Estado, de carácter sustantivo y procesal, reconocidos por la Constitución, que buscan precautelar la libertad y procurar que quienes sean sometidos a juicio gocen de las garantías para ejercer su derecho de defensa y obtener de los órganos judiciales y administrativos un proceso justo, pronto y transparente.” (Corral, 2006)

Es debido aquel proceso que satisface todos los requerimientos, condiciones y exigencias necesarias para garantizar la efectividad del derecho material. Se le llama debido porque se le debe a toda persona como parte de las cosas justas y exigibles que tiene por su propia subjetividad jurídica¨ (Miguel Hernández Terán)

En el debido proceso, el Estado debe procurar garantizar la efectividad del derecho material, a través de la legítima defensa, la seguridad jurídica y las aplicación de normas previamente existentes, por parte de las autoridades publicas y privadas, legislativas y jurisdiccionales.


1.2.2. Proteger

La obligación de proteger consiste en salvaguardar, contra influencias negativas naturales o humanas, a los niños, niñas y adolescentes, en sus derechos fundamentales como la salud, la educación, contra el maltrato, la violencia y la explotación laboral y sexual.

Por ejemplo, plazas de trabajo para sus padres,

Su niño “a riesgo” necesita tener una relación estrecha con usted. Los intereses y pasatiempos compartidos forman la base de esta relación, la recreación y el esparcimiento en condiciones de integridad (TV, video juegos, dignificantes).
1.2.3. Promover

Promover los derechos significa hacerlos prácticos, insertarlos en la realidad, más allá de los enunciados formales en el Derecho Positivo. Es “la lucha para hacer reales los derechos humanos” (Center) ; que el portador de deberes ponga en práctica esa normativa, y que se mantenga constante en sus obligaciones.

La sociedad civil juega aquí un papel fundamental, y posee varios medios a su disposición:

•Usar las normas internacionales reconocidas y aceptadas como referencia para ejercer presión y apoyar,
•Presenter casos,
•Usar los instrumentos legales existentes para mantener al estado responsable,
•Presionar a otros estados para tomar medidas o instalar procedimientos legales internacionales, etc.

CONCLUSIONES

1.La cooperación de la UNICEF en Ecuador incide en la protección de los Derechos de los niños en el Ecuador, mediante la participación en los programas sociales comprometidos con los Objetivos de Desarrollo del Mlenio. Su participación consiste en la dotación de insumos como vacunas, agua potable, medicinas, tanto a los niños como a las madres.

2.También realiza actividades de ayuda humanitaria, especialmente acción humanitaria en la protección de las víctimas de conflictos armados y desastres naturales; así como el socorro en situaciones de emergencia como la erupción del Volcán Tungurahua.

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