Vistas de página en total

agosto 12, 2009

Demandando derechos humanos

Análisis del documento: DESDE LA DIMENSION DE LA POBREZA: EL DERECHO HUMANO A LA SALUD DEL MIGRANTE INDOCUMENTADO BAJO CUSTODIA ESTATAL – EN EL SISTEMA INTERAMERICANO DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS - escrito por el Dr. Wilman Terán

Por: Paulina G. Mogrovejo Rengel.

En el foro virtual de derechos humanos, del que participe junto a otros compañeros del Diplomado de DDHH de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Central del Ecuador, nuestro docente, el Dr. Gabriel Terán, planteó una pregunta que sólo con la lectura de su trabajo pude responder: ¿Qué hacer cuando el Estado ha dejado de prestar el derecho a la salud de un migrante, cuando un indigente muere y en la autopsia el médico, siguiendo el procedimiento declara muerte natural, cuando este toda su vida ha mendigado en las calles, por un pedazo de pan?

La respuesta es, una estrategia de defensa de derechos humanos, ante la comunidad internacional, con enfoque en las condiciones materiales del ser humano, como su pobreza, hecho que casi ningún Estado en vías de desarrollo ha podido resolver en su marco institucional interno.

Ahora bien, sobre la lectura del documento elaborado por el Dr. Terán, estas mis conclusiones:

I. LA SITUACION DE POBREZA DEL MIGRANTE INDOCUMENTADO BAJO CUSTODIA ESTATAL Y OTROS MIGRANTES EN AMERICA

La movilidad humana en los actuales momentos y en las condiciones que ser realiza, especialmente en América Latina, se ha convertido en un verdadero riesgo para los migrantes, porque no es voluntaria, sino forzada, debido a su pobreza, lo que sitúa su condición en un estado de vulnerabilidad para el ejercicio de los derechos humanos y la garantía de su progresividad, por las condiciones jurídicas de migración de los países receptores, que fomentan el tráfico ilícito de personas, a saber trata de personas o migración ilegal.

II. LA VIGENCIA DEL DERECHO HUMANO A LA SALUD, SU INTERDEPENDENCIA E INTERRELACION CON LOS DEMAS DERECHOS HUMANOS EXIGIBLES

1. Los derechos humanos son universales, indivisibles, interdependientes entre sí, sin embargo, existen criterios de divisilibilidad en primera, segunda y tercera generación, por ejemplo, aunque esta clasificación funciona únicamente para fines pedagógicos.

2. El enfoque estructuralista es el medio más idóneo para garantizar la progresividad de los derechos humanos en cada país, ya que desde la jurisprudencia crea ciencia jurídica vinculante en el derecho interno de los estados y por otra parte, las políticas públicas de protección condicionan al Estado a organizarse en la estructura y los procedimientos, de manera que la institucionalidad se ajuste a los derechos humanos y no viceversa.

3. El derecho a la salud, que significa prevenir y curar enfermedades, así como una vida decorosa, es interdependiente del derecho a la vida, a la integridad personal, a las garantías judiciales; por tanto, una afectación al mismo provoca una reacción en cadena que termina vulnerando uno o más derechos, hasta llegar a la vulneración de todos los derechos.

4. La vulneración de todos los derechos podría comprometer la responsabilidad internacional del estado que ha producido dicha situación y generar la intervención de la comunidad internacional con una respuesta jurisdiccional a la vulneración de esos derechos.


III. ESTRATEGIAS PARA PROPONER UN CASO ANTE LA COMISIÓN INTERAMERICANA POR VIOLACIÓN AL DERECHO HUMANO A LA SALUD Y OTROS DERECHOS DE MIGRANTES INDOCUMENTADOS BAJO CUSTODIA ESTATAL

La fundamentación de la violación del derecho a la salud de los migrantes, desde la perspectiva de la pobreza es válida ante las Cortes internacionales de Derechos Humanos, ya que se configuran los presupuestos de excepción a los requisitos establecidos para las demandas ante estos organismos internacionales, especialmente en América Latina, donde la migración es evidente, tanto que las remesas son una de las principales fuentes de ingresos de las familias latinoamericanas, los modelos económicos han fracasado y no existen políticas públicas ni arquitectura estatal administrativa y judicial, que haya resuelto esta situación.